La Ley de Energía en los Edificios -abreviada LENB- establece los requisitos energéticos de los edificios nuevos y existentes de los sectores privado y público en Alemania: impone directrices sobre aislamiento térmico, tecnología de calefacción y aire acondicionado, uso de energías renovables y protección contra el calor. También regula la expedición y uso del certificado energético. Las infracciones de la Ley de Energía en los Edificios pueden ser sancionadas por las autoridades como infracciones administrativas y dar lugar a multas de hasta 50.000 euros.
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La primera modificación de la Ley GEG entró en vigor a principios de 2023, y está prevista otra modificación en 2025 para contribuir a alcanzar los objetivos de protección del clima y aplicar el paquete de medidas de mitigación aprobado en 2022 en respuesta a la crisis energética.
¿Cuál es el valor U?
El valor U se expresa en vatios por metro cuadrado por kelvin (W/(m²K)) y mide la pérdida de calor de un elemento o material de construcción. Indica la cantidad de calor emitido para una diferencia de temperatura de 1 °C en un metro cuadrado, en función del grosor y la conductividad térmica del elemento o material de construcción. Cuanto menor sea el valor U, mejores serán las propiedades aislantes.
¿Qué significa pérdida de calor por transmisión?
La pérdida de calor por transmisión es la energía que se escapa a través de la envolvente del edificio. El nivel de pérdida de calor por transmisión (H'T) depende de los valores U (transmitancia térmica) de los elementos externos del edificio, como el tejado, las paredes, las ventanas o las puertas. Cuanto más bajos sean los valores U, menor será la pérdida de energía del edificio.
¿Cuál es la necesidad anual de energía primaria?
La demanda anual de energía primaria es la cantidad de energía necesaria para calefacción, agua caliente, ventilación y refrigeración (en el caso de los edificios no residenciales, también para iluminación), incluido el consumo para la producción, transformación, almacenamiento y distribución de energía. La demanda de energía primaria se calcula a partir del edificio de referencia.
¿Qué significa construir referencias?
El edificio de referencia es un "edificio auxiliar virtual" que, en términos de geometría, superficie útil y orientación, corresponde al edificio nuevo proyectado o al edificio existente que se va a renovar. La envolvente del edificio y las técnicas de instalación se seleccionan aquí según lo prescrito por la LPE para edificios residenciales o no residenciales.
De acuerdo con la Ley de Energía de la Construcción, los edificios nuevos deben construirse como casas energéticamente eficientes 55 y cumplir los siguientes requisitos:
Parte de la solicitud de licencia urbanística es la prueba del aislamiento térmico conforme a la GEG. De este modo, el arquitecto, el planificador especializado o el consultor energético demuestran que la construcción del edificio proyectado satisface la demanda anual de energía primaria prescrita, la pérdida de calor por transmisión y la protección térmica en verano para limitar la energía necesaria para refrigeración. Una vez terminado el edificio, esto constituye la base para elaborar el certificado de eficiencia energética.
Para los edificios residenciales, la ECE puede demostrarse utilizando un método simplificado o el método del edificio de referencia. Para los edificios no residenciales, el método del edificio de referencia es obligatorio.
El objetivo es demostrar que los elementos de la envolvente del edificio cumplen determinados valores U en toda la superficie y que también se ha aplicado un determinado concepto de instalación para la calefacción y la renovación del aire.
Valores U que deben respetarse para cada elemento del edificio
| Componente/sistema | Valores U máximos permitidos para el edificio de referencia |
|---|---|
| Tejados, techos de plantas superiores, ventanas abuhardilladas | U ≤ 0,14 W/(m²K) |
| Paredes exteriores, suelos contra el aire exterior | U ≤ 0,20 W/(m²K) |
| Otros elementos opacos del edificio (techos de sótanos, paredes y techos que dan a habitaciones sin calefacción, superficies de paredes y suelos contra el suelo, etc.) | U ≤ 0,25 W/(m²K) |
| Puertas (puertas de sótanos y puertas exteriores) | UD ≤ 1,2 W/(m²K) |
| Claraboyas y elementos de construcción similares | U ≤ 1,5 W/(m²K) |
| Puertas especiales para patios (abatibles, plegables, correderas o elevables) | UW ≤ 1,4 W/(m²K) |
| Ventanas y otros elementos de construcción transparentes | UW ≤ 0,90 W/(m²K) |
| Ventanas de tejado | UW ≤ 1,0 W/(m²K) |
| Puentes térmicos | ΔUWB ≤ 0,035 W/(m²K) |
Conceptos de instalación autorizados
El procedimiento abierto de construcción de referencia permite aplicar otros conceptos de instalación, por ejemplo, el uso de la cogeneración, el calor residual o la biomasa líquida o gaseosa. La tecnología de instalación elegida también se compara con una norma de referencia, pero la justificación puede optimizarse gracias a los datos característicos del fabricante y a las longitudes exactas de las tuberías, lo que puede suponer un ahorro significativo en la demanda anual calculada de energía primaria.
La calidad de la envolvente del edificio se mide por la pérdida de calor por transmisión (H'T), que equilibra los valores U de los componentes del edificio y da fe así de la capacidad aislante media de la envolvente. En este método, sin embargo, los valores U del edificio de referencia (véase más arriba) son sólo sugerencias y pueden superarse o no, lo que permite crear soluciones más económicas para la envolvente del edificio.
La Ley de la Energía de los Edificios (GEG) obliga a los propietarios a adecuar sus viviendas a la normativa vigente y establece las normas mínimas que deben cumplir cuando amplían o modernizan sus viviendas. Quedan exentas las medidas menores que no alcanzan el límite de la bagatela, es decir, las obras que suponen renovar o reformar menos del 10% de un elemento del edificio, como reparar grietas en el enfoscado de la fachada o sustituir baldosas dañadas.
Consejo: la EEG no impone ningún requisito para pintar la fachada, pero si de todas formas hay que pintar y montar andamios, a menudo merece la pena aprovechar la oportunidad para aislar la fachada
Obligación de demostrar que las mejoras se ajustan a la CEPE
La ECE establece requisitos para el valor U de las medidas individuales. Si la renovación es integral, debe elaborarse un balance energético global utilizando el método de la energía primaria o de los gases de efecto invernadero.
Si está planificando medidas individuales, como el aislamiento de fachadas o la sustitución de ventanas, los elementos de construcción modificados o nuevos deben cumplir determinados valores U. La prueba necesaria del aislamiento térmico se aporta mediante el denominado procedimiento de elementos de construcción, en el que el artesano confirma, mediante una declaración de empresa especializada, que los nuevos valores U cumplen la CEE. Este documento sirve de prueba a las autoridades de inspección.
Estos requisitos no se aplican a los edificios catalogados ni a aquellos cuya estructura merezca ser conservada.
| Componente/sistema | Valor U máximo |
|---|---|
| Cubiertas inclinadas, buhardillas | U = ; 0,24 W/(m²-K) |
| Ventanas de tejado | UW1,4 W/(m²-K) |
| Cubiertas planas | U = ; 0,20 W/(m²-K) |
| Techo del piso superior | U = ; 0,24 W/(m²-K) |
| Pared exterior en la que se instalan capas de aislamiento, paneles o elementos de construcción en forma de panel, encofrados o revestimientos de pared, nuevos revocos exteriores | U = ; 0,24 W/(m²-K) |
| Ventanas y puertas de patio | UW1,3 W/(m²-K) |
| Ventanas francesas abatibles, correderas o elevables | UW1,6 W/(m²-K) |
| Puertas exteriores | U = ; 1,8 W/(m²-K) |
| Paredes y techos contra sótano sin calefacción, forjado | U = ; 0,30 W/(m²-K) |
| Techos contra sótanos o forjados no calefactados al construir o renovar el suelo por el lado calefactado | U = ; 0,50 W/(m²-K) |
| Techos en contacto con el aire exterior hacia abajo | U = ; 0,24 W/(m²-K) |
Si desea renovar su edificio y, por ejemplo, cambiar las ventanas, las puertas y la calefacción y aislar la envolvente del edificio, debe -como en el caso de una obra nueva- calcular los requisitos energéticos primarios o las emisiones de gases de efecto invernadero. No obstante, los requisitos energéticos pueden ser superiores a los de un edificio nuevo comparable (edificio de referencia). Tenga en cuenta que la presentación de un cálculo de emisiones de gases de efecto invernadero debe ser aprobada por la autoridad competente en materia de construcción.
Valores U que deben respetarse al rehabilitar edificios de viviendas
| Componente/sistema | Valor U de la casa de referencia |
|---|---|
| Tejado, techo del piso superior, paredes laterales | U = ; 0,20 W/(m²-K) |
| Ventanas de tejado, techos acristalados y bandas luminosas | UW1,4 W/(m²-K) |
| Pared exterior, techo del primer piso contra el aire exterior | U = ; 0,28 W/(m²-K) |
| Ventanas y puertas de patio | UW1,3 W/(m²-K) |
| Puertas exteriores, puertas de habitaciones sin calefacción | U = ; 1,8 W/(m²-K) |
| Pared exterior al suelo, forjado, paredes y techos de habitaciones sin calefacción | U = ; 0,35 W/(m²-K) |
Tú decides qué medidas tomar para respetar la pérdida de calor por transmisión máxima admisible.
Techo
Si quiere sustituir o reconstruir la cubierta de su tejado, incluidos los listones y el revestimiento, la Ley de Energía de la Construcción exige que se compruebe el aislamiento térmico y, si es necesario, se instale aislamiento adicional.
Techo del piso superior
Si el techo de la planta superior de su vivienda aún no cumple la norma mínima de protección térmica según DIN 4108-2, está obligado por la Ley de la Energía a realizar un aislamiento térmico posterior. También es suficiente con que el techo situado encima del techo de la planta superior cumpla la norma mínima de protección térmica. Esto suele ocurrir ya con los techos de vigas de madera y los techos de construcción maciza (de alrededor de 1969).
Hay excepciones: como propietario de una vivienda unifamiliar o bifamiliar, está exento de la obligación de renovar si ya vivía en ella antes de febrero de 2002. No obstante, si la vende, el nuevo propietario debe realizar las obras de aislamiento térmico subsiguientes en un plazo de dos años. También está exento de la obligación de renovar el techo del piso superior si su edificio se calienta al menos a 19 °C durante menos de cuatro meses al año.
Tuberías
Las nuevas tuberías de calefacción y agua caliente de las estancias sin calefacción, como los sótanos, deben aislarse conforme a la ley GEG.
Sótano y planta baja
Si va a instalar o sustituir revestimientos exteriores, barreras antihumedad o desagües, debe conseguir un valor U igual o inferior a 0,30 W/ m²K para el techo del sótano, las paredes del sótano y el aislamiento perimetral. Si va a renovar el suelo de la planta baja, debe conseguir un valor U de 0,50 W/ m²K. Está exento de este requisito si los componentes del edificio mencionados se construyeron o renovaron después del 31 de diciembre de 1983, de conformidad con las disposiciones legales de ahorro de energía.
Exención de los requisitos de la CEPE
Si los costes de renovación no se amortizan en un plazo razonable, pueden quedar exentos de los requisitos de la Ley de Energía de los Edificios.
En el caso de una ampliación de menos de 50 m2 de superficie útil, basta con una simple justificación del aislamiento térmico mediante el método del elemento de construcción. Si las modificaciones no superan el 10% de la superficie total del elemento de construcción en cuestión, se aplica la norma de minimis y no entran en juego requisitos especiales, pero no deben deteriorar la calidad del edificio.
Si construye más de 50 m2 de superficie, también tendrá que presentar pruebas de protección térmica en verano.
Si va a añadir habitaciones con calefacción o refrigeración a su edificio residencial, se aplican los requisitos para edificios nuevos: los nuevos elementos exteriores, como la fachada, el tejado y las ventanas, no deben superar 1,2 veces la pérdida de calor por transmisión del edificio de referencia. En el caso de los edificios no residenciales, el coeficiente de transmisión de calor (valor U) debe seguir siendo en este caso inferior a 1,25 veces el valor máximo.